![Hogar Abierto - Acogimiento Familiar: Familia Colaboradora](https://hogarabierto.org/acogimiento-familiar/wp-content/uploads/sites/2/2018/03/modalidades-colaboracion-7.jpg)
El programa de familias colaboradoras con los centros de protección persigue distintas finalidades, entre las cuales se encuentran:
- Permitir participar a los niños, niñas y adolescentes en actividades alternativas a las del centro de protección.
- Proporcionarles un entorno donde puedan aprender a relacionarse y convivir en familia, así como conocer e interiorizar un modelo de dinámica familiar adecuado y de relaciones afectivas positivas.
- Establecer vínculos emocionales sanos con las personas o familia colaboradora, un aspecto clave en su desarrollo emocional, personal y social.
- Ampliar su red de apoyo social, un recurso valioso para obtener ayuda durante su crecimiento y posterior incorporación a la vida adulta independiente.
Además de ser un programa beneficioso para las niñas, niños y adolescentes residentes en centros de protección de menores, esta experiencia también puede ser muy gratificante para las familias participantes siempre y cuando tengan unas expectativas realistas en torno a la niña, niño o adolescente con quien van a colaborar, su papel en relación con ellos, sean conscientes de su labor complementaria a la del centro de protección y presenten disposición a seguir las indicaciones que reciban por parte del personal técnico y educativo.
¿Quién puede ser familia colaboradora?
Las familias o personas interesadas en colaborar con menores que residen en centros de protección deberán cumplir los siguientes requisitos y obligaciones:
- Ser mayor de edad.
- No tener suspendida o haber sido privado de la patria potestad por sentencia judicial firme.
- Disponer de capacidades y habilidades adecuadas para hacer frente a las necesidades que pueda presentar el menor durante el transcurso de los periodos en que se conviva con el mismo.
- Su situación actual, a nivel personal, familiar y laboral, ha de ser compatible con la participación en el programa.
- Un aspecto importante a destacar es que los menores pueden tener contactos periódicos programados con su familia biológica, los cuales habitualmente se desarrollan en espacios concretos destinados a tal fin o en el centro de protección, generalmente con supervisión de personal técnico. La familia colaboradora debe aceptar esta circunstancia y colaborar para que dicho régimen de relaciones personales pueda cumplirse durante los periodos en que el menor se encuentre conviviendo con ellos. El respeto hacia la familia de origen y sus circunstancias es fundamental para el éxito de la colaboración.
Ofrecimiento
El proceso se inicia cumplimentando el Documento de Ofrecimiento, con el que manifiestas que te ofreces para ser Familia Colaboradora. Una vez cumplimentado, junto a los documentos solicitados, debe ser entregado en Hogar Abierto, que a su vez lo dirigirá a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía de Málaga.
Posteriormente el personal de la Administración le contactará para establecer una cita para la realización de una entrevista y/o visita domiciliaria, con el fin de determinar si se dan las condiciones necesarias para su participación en el programa.
Según la Ley 26/2.015, de 28 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.”. Puedes informarte de cómo obtenerlo aquí.